¿Tu sabes algo acerca de las u'ltimas disposiciones del Gobierno Naional de Uruguay? Necesito hacer una monografia, para mi canal de Youtube, y quiero saber cuales, son sus u'ltimos puntos destacables pero resaltables, por ser au'n icostitucionales.
- Pude revisar fuentes recientes, pero no encontré (hasta ahora) disposiciones nuevas recientes que hayan sido claramente declaradas inconstitucionales con gran repercusión — aunque hay varios puntos de tensión jurídica, polémica y riesgo de inconstitucionalidad alrededor de medidas recientes o en trámite. Te los resumo — te puede servir para tu monografía — si querés te investigo a fondo para ver lo más actual.
Algunos casos destacables / polémicos
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Nueva Ley de Medios
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Se aprobó la “Ley de Servicios de Difusión de Contenidos Audiovisuales” (o Ley de Medios) en agosto de 2024. (IFEX)
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Hay críticas de organismos nacionales e internacionales de que algunos artículos vulneran la libertad de expresión, la imparcialidad, la concentración mediática, y la extranjerización del sistema de medios. (IFEX)
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Un ejemplo específico: el artículo 72, que imponía exigencias de imparcialidad para programas periodísticos. Ese artículo fue vetado por el presidente Lacalle Pou tras críticas. (pitcnt.uy)
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Otro punto es que hay informes de la División Jurídica del Parlamento que sostienen que algunos artículos (por ej. los que crean cargos públicos nuevos o directorios) si se aprueban antes de elecciones podrían violar la Constitución porque la creación de cargos debe hacerse por la ley de presupuesto, y hay una cláusula que prohíbe aumentar cargos o sueldos 12 meses antes de elecciones. (la diaria)
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Suspensión del decreto reglamentario de la Ley de Medios
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El Ejecutivo (ya bajo el nuevo gobierno, de Orsi) suspendió la aplicación del decreto de reglamentación de la Ley de Medios que había sido aprobado en febrero de 2025 durante el gobierno de Lacalle Pou. Se argumentó que contiene disposiciones que podrían no respetar el marco normativo vigente. (Caras y Caretas)
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Propuesta para revertir inconstitucionalidad en el sistema de salud
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Ante sentencias reiteradas de la Suprema Corte de Justicia declarando inconstitucionales partes de leyes del sistema de salud que afectan el acceso vía amparo a medicamentos o tratamientos costosos no cubiertos, el senador Pedro Bordaberry presentó un proyecto que modifique para “revertir” esas inconstitucionalidades. (EL PAIS)
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Sentencia de la Suprema Corte que beneficia a funcionarios públicos
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En diciembre de 2024, hubo una sentencia definitoria (Sentencia Nº 1575/2024) de la SCJ que declaró inaplicables artículos de la Ley Nº 20.075, que regulaba licencias médicas de funcionarios del Poder Judicial, porque violaban disposiciones anteriores contenidas en estatutos o acordadas de la Corte. (vLex)
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Inquietud académica / doctrinal: tendencia de leyes “urgentes” con rasgos constitucionales dudosos
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Hay artículos académicos y opiniones de catedráticos que señalan una “peligrosa tendencia” de aprobar leyes bajo la categoría de urgencia, o mediante decretos o figuras que disminuyen el debate, y donde se incorporan normas con posibles violaciones constitucionales. (Búsqueda)
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Posibles puntos inconstitucionales reales o riesgosos
A partir de lo anterior, estos serían puntos que podrían argumentarse como inconstitucionales:
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Creación de cargos, directorios, gerencias, etc., sin que estén previstos en la ley de presupuesto, o en tiempos prohibidos constitucionalmente (ej. antes de elecciones).
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Normas que condicionan la libertad de expresión (como reglas de “imparcialidad” para medios), exceso de regulación de contenidos, control del Ejecutivo sobre medios, etc.
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Limitaciones al acceso a la justicia / tutela judicial efectiva, mediante disposiciones que reduzcan el derecho de amparo, que hagan lento o difícil reclamar derechos de salud, etc.
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Legislaciones sancionadas con trámite acelerado (“grave y urgente”) que podrían no estar cumpliendo con garantías de participación, discusión, transparencia.. - Aquí te resumo lo que encontré sobre el nuevo Código del Proceso Penal (CPP) uruguayo, sus reformas recientes, debates de constitucionalidad, puntos conflictivos, etc. Puedo ayudarte a organizarlo para tu monografía y para tu canal de YouTube.
Qué es el CPP y cómo funciona ahora
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El Código del Proceso Penal de Uruguay (Ley N° 19.293, aprobado en 2014) cambió el sistema penal de un modelo inquisitivo a uno acusatorio, oral y público. (Gub.uy)
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Entró en vigencia el 1° de noviembre de 2017. Con este sistema, el Ministerio Público dirige la investigación penal, se amplían garantías para las víctimas, se reducen limitaciones estructurales del viejo sistema, etc. (opp.gub.uy)
Reformas recientes y modificaciones en estudio
Se han hecho o se están considerando varios cambios al CPP:
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Ley N° 19.889 (LUC, 2020)
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Introdujo modificaciones al CPP: ampliación del uso del colaborador y agente encubierto, principio de oportunidad; modificaciones en registros como medio de prueba; límites al proceso abreviado; incorporaciones para el sistema penal juvenil; modificaciones a prisión preventiva y restricciones de libertad anticipada. (FDER)
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Ley N° 20212 (2023)
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Modificó el artículo 304 del CPP para permitir el aplazamiento o sustitución excepcional del cumplimiento o ingreso a prisión bajo penas privativas de libertad, imponiendo condiciones limitativas de libertad cuando aplazar la pena; establece límites cuando es delito doloso de acuerdo al Código Penal, que la penalidad no supere 24 meses de prisión. (IMPO)
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Grupo asesor técnico para una reforma integral (2025)
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En mayo de 2025 el gobierno creó un grupo técnico asesor liderado por la Prosecretaría de Presidencia para revisar integralmente el CPP. (Gub.uy)
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Se espera que ese grupo produzca un anteproyecto con modificaciones en muchos temas: rol del juez de garantías, duración de la investigación, intervención de la víctima, recolección de prueba, audiencia, procesos abreviados, suspensión condicional del proceso, etc. (Gub.uy)
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Propuestas concretas que se han debatido
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Un proyecto del Colegio de Abogados, adoptado por la oposición, plantea modificaciones al CPP. (EL PAIS)
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Cambios propuestos apuntan a dar más protagonismo a víctimas: mayor participación en distintos momentos del proceso; modificación de artículos que tratan sobre el acceso a la prueba, propuesta de pruebas, audiencias, etc. (El Observador)
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Puntos de tensión, críticas y posibles inconstitucionalidades
Estos son los aspectos más debatidos, algunos podrían ser considerados inconstitucionales o al menos cuestionables jurídicamente:
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Proceso abreviado
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Críticas de que este mecanismo permite condenas sin juicio pleno, con limitaciones al debido proceso, al debate probatorio. Hay quienes sostienen que el proceso abreviado vulnera el artículo 12 de la Constitución (“nadie puede ser penado sin juicio y sentencia legal”), pues supone que el imputado renuncia al pleno proceso. (FDER)
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También preocupación de que el abreviado se use de forma demasiado amplia, disminuyendo garantías, o presionando al imputado a aceptar para evitar peores consecuencias. (FDER)
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Ampliación de prisión preventiva
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Se han presentado propuestas para que la prisión preventiva deje de ser la excepción en ciertos casos (reincidencia, delitos graves) y pase a ser regla. Esto preocupa porque la prisión preventiva limita un derecho fundamental (libertad personal) y debe cumplir con criterios estrictos constitucionales. (EL PAIS)
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Limitaciones al control de prueba y admisibilidad
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En algunos proyectos se advierte que se pretenden debilitar los controles de admisibilidad de la prueba, lo que podría afectar el derecho al debido proceso, al derecho de defensa. (EL PAIS)
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Intervención de la víctima
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Aunque ya se han hecho avances, hay críticas de que la participación de la víctima no es suficientemente garantizada, especialmente cuando no tienen recursos, o que su capacidad de proponer prueba, de impugnar decisiones, de participar en audiencias está limitada. (Reddit)
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Libertades anticipadas, salidas, sustituciones de pena
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Modificaciones recientes y debates apuntan a limitar estos beneficios para ciertos delitos o bajo ciertos criterios de recurrencia, lo que puede generar tensiones con el principio de proporcionalidad, la legalidad penal, el derecho al trato humano, etc. (FDER)
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Plazos, duración razonable de la investigación y del juicio
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Denuncias de que el sistema está sobrecargado, los fiscales con exceso de trabajo, lo que repercute en que muchos casos no se investigan con la celeridad / eficiencia deseable. Esto puede afectar el derecho a un proceso en plazo razonable. (EL PAIS)
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Debates institucionales / formales
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Críticas por cómo se están llevando las reformas: algunos partidos de oposición reclaman mayor participación en la elaboración del nuevo anteproyecto; advierten que tratándolo en Presidencia se corre el riesgo de falta de transparencia o de que los legisladores no tengan suficiente margen de debate. (EL PAIS)
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